Rechaza la Iglesia el fallo sobre el aborto
Por Mariano De Vedia | LA NACION
La Iglesia rechazó el fallo judicial que admite el aborto en caso de violación , dictado ayer por unanimidad por la Corte Suprema , en un pronunciamiento que generó fuerte repercusión en ámbitos políticos y sociales. La sentencia, anticipada ayer por LA NACION, exime de pena a una adolescente de 15 años que se sometió a un aborto luego de haber sido abusada por su padrastro en Chubut, y modifica así la jurisprudencia sobre este tema.
"No existe motivo que justifique la eliminación de una vida inocente, ni siquiera en el caso lamentable y triste de una violación", dijo el arzobispo de Santa Fe y presidente del Episcopado, monseñor José María Arancedo, al mostrarse sorprendido por el fallo.Por su parte, el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, afirmó que el fallo "sólo interpreta el artículo 86, inciso 2, del Código Penal, vigente desde 1921". En virtud de la sentencia, la mujer que haya sido violada podrá solicitar el aborto, sin importar si es mayor o menor, sana o insana.
La repercusión alcanzó a dirigentes y organizaciones sociales, que celebraron el fallo del máximo tribunal y anticiparon su respaldo a los proyectos de ley en favor del aborto que se reactivarán en el Congreso. Sin embargo, el ministro de Justicia, Julio Alak, advirtió que la despenalización del aborto "no está en la agenda del Poder Ejecutivo". Y consideró que "requiere" primero de un debate social muy amplio", aunque señaló que el pronunciamiento de la Corte "es importantísimo".
Por su parte, Lorenzetti intentó despegarse de las posiciones extremas en favor de los proyectos que promueven la interrupción del embarazo, al sostener que el pronunciamiento no legaliza o despenaliza el aborto, porque "ese tema está en el Congreso de la Nación".
http://www.lanacion.com.ar/1456339-rechaza-la-iglesia-el-fallo-sobre-el-aborto
el art.86 inc.2 del C.P. refiere a embarazo por violacion o atentado al pudor sobre mujer idiota o demente. // La adolescente del caso,oriunda de Chubut, no es incapaz, tal la exigencia de la norma.
ResponderEliminarErgo, no se entiende dicho fallo e infiero que se ha planteado una excepcion y una modificacion al criterio del legislador. //Considero que si se exige paternidad responsable, cabe mucho mas la concepcion responsable, fundada en una relacion sexual afectiva y no meramente recreativa o placentera. Claire.